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ANTECEDENTES DEL JUICIO DE AMPARO

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RÉGIMEN COLONIAL. La autoridad suprema en las colonias españolas de América era el mismo rey de España, quien está representado por virreyes o capitanes generales, según la importancia de la colonia de que se trate, concentraba el monarca Español los tres poderes porque era administrador público, legislador y juez. Se observa en esta época la tendencia permanente de proteger a los indígenas; en el Derecho Español existía una verdadera garantía jurídica para los gobernados en la jerarquía normativa. Se podían apelar los actos de autoridad, se apelaba al rey ante el rey mismo. Encontramos un precedente de nuestro juicio de amparo cuando nos referimos en el recurso de: obedézcase, pero no se cumpla, obedecer significa la sumisión o el acatamiento que el criado debe a su amo; y cumplir implica la idea de realización, cumplir o llevar a efecto. Cuando el rey expedía alguna orden que se estimara contraria a los derechos, prerrogativas o privilegios del gobernado, éste obedecía, ...

LA MONARQUÍA ROMANA Y LA REPÚBLICA ROMANA

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LA MONARQUÍA ROMANA Se inicia con el gobierno de Rómulo en el año 753 a.C. y concluye en el año 509 a.C., con la expulsión del rey Tarquino El Soberbio. Roma fue fundada en Lacio, a orillas del río Tiber y próximo al mar, el 21 de abril del 753 a.C. Durante la monarquía Roma fue gobernada por siete reyes, pertenecientes a dos dinastías: la latina y la etrusca. Pertenecen a la Dinastía Latina, Romulo, Numa Pompilio, Tulio Hostilio y Anco Marcio. Pertenecen a la Dinastía Etrusca, Tarquino el Antiguo, Servio Tulio y Tarquino el Soberbio. El gobierno del periodo monárquico tenía como autoridad al Rey, a la Asamblea Popular y al Senado. 1.- El Rey: Constituía la autoridad máxima, con poder absoluto. Era al mismo tiempo sacerdote supremo, juez y jefe militar. El rey elegido por la Asamblea Popular propuesta por el Senado. 2.- La Asamblea Popular: Estaba integrada por los ciudadanos libres con edad militar. Dicha Asamblea era convocada por el rey, al pie del Capit...

FORMAS DE GOBIERNO

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Los términos forma de gobierno y modelo de gobierno son empleados usualmente, aunque de forma impropia, para referirse al concepto de forma de Estado o modelo de Estado: propiamente este último no sólo comprende el poder, sino además el territorio y la población. Las distintas formas clásicas de clasificar las formas de Estado (federal, confederal, regional) también se suelen denominar formas de gobierno en los textos políticos y filosóficos por la contracción lingüística "forma de gobierno del Estado" y "forma política del Estado" en "forma del Estado". Por su parte, la expresión Forma Política del Estado se utiliza incluso en textos constitucionales para designar la forma de gobierno. También se utilizan con ambigüedad estos términos frente al de sistema político que alude también a la estructura y funcionamiento de los poderes públicos. No obstante, mientras que una forma de gobierno (o sistema de gobierno o régimen político) es una man...

ELEMENTOS POSITIVOS Y NEGATIVOS DEL DELITO

CUADRO COMPARATIVO  DE LOS  ELEMENTOS POSITIVOS  Y NEGATIVOS DEL DELITO ELEMENTOS POSITIVOS ELEMENTOS NEGATIVOS LA ACCIÓN O CONDUCTA Es todo comportamiento humano, voluntario, positivo o negativo, encaminado a un propósito. AUSENCIA DE LA ACCIÓN Si la conducta está ausente, no habrá delito a pesar de las apariencias. La ausencia de conducta es un aspecto negativo o mejor dicho, impeditivo de la formación de la figura delictiva. TIPICIDAD Es el encuadramiento o adecuación de una conducta con la descripción hecha en la ley. ATIPICIDAD  (AUSENCIA DE LA TIPICIDAD) Es el no encuadramiento o la falta de adecuación de la conducta al tipo penal. ANTIJURICIDAD Es lo contrario al Derecho (es lo socialmente dañoso, concibe al delito como natural, cuyas consideraciones serían el libre albedrío del intérprete) CAUSAS DE JUSTIFICACIÓN (ASPECTO NEGATIVO DE LA ANTIJURICIDAD) Son aqu...