El Parentesco
Concepto
de Parentesco
El
vinculo jurídico que liga a varias personas entre sí, bien por proceder unas de
otras, bien por creación de la Ley. (DE PINA Rafael. Derecho Civil Mexicano. Páginas
306 y 307. Editorial Porrúa. 2002. México). En el primer caso se llama natural
y en el segundo legal.
Ahora
bien para poder entender dicho concepto proporcionamos como concepto el
siguiente: “El nexo jurídico que existe entre los descendientes de un
progenitor común, entre un cónyuge y los parientes del otro cónyuge, o entre
adoptante y adoptado, se denomina parentesco. Los sujetos de esa relación son
entre sí parientes.”
Tipos
de parentesco
El parentesco de consanguinidad: es
el que existe entre personas que descienden de un mismo progenitor.
El parentesco de afinidad: es
el que se contrae por el matrimonio, entre el varón y los parientes de la mujer
y entre la mujer y los parientes del varón.
El parentesco civil: es
el que nace de la adopción. En la adopción simple, el parentesco existe sólo
entre el adoptante y el adoptado. En el caso de la adopción plena, el
parentesco existe entre el adoptado, el adoptante y los familiares
consanguíneos de éste.
Computo
del parentesco
La
proximidad del parentesco se determina por el número de generaciones que
separan a una persona respecto a otra, formando cada generación un grado, y la
serie de grados constituye lo que se llama línea de parentesco, los cuales se
dividen en dos: Línea recta o transversal.
La línea es recta: se
compone de la serie de grados entre personas que descienden unas de otras, por
ejemplo, abuelo, padre, hijo, nieto.
La
línea recta es ascendente o descendente: ascendente es la que liga a una
persona con su progenitor o tronco de que procede; descendente es la que liga
al progenitor con los que de él proceden. La misma línea es, pues, ascendente o
descendente, según el punto de partida y la relación a que se atiende.
En
la línea recta los grados se cuentan por el número de generaciones o por el de
las personas, excluyendo al progenitor.
Por
tanto, en la línea recta los grados se cuentan por generaciones subiendo hasta
el ascendiente común o bajando hasta el descendiente común. De este modo, tanto
en la línea ascendente como descendente, el hijo dista del padre un grado, dos
del abuelo, tres del bisabuelo, etc.
La transversal: se
compone de la serie de grados entre personas que, sin descender unas de otras,
proceden de un progenitor o tronco común, por ejemplo, hermanos, tíos,
sobrinos.
Efectos
del parentesco
La
relación de parentesco produce diversos efectos, que la doctrina jurídica
divide en tres grupos:
1.-Derechos.
2.-Obligaciones.
3.-Incapacidades.
Los
efectos del parentesco deben tratarse de manera separada de acuerdo con cada
una de las clases de parentesco existentes.
Para
el parentesco de consanguinidad los efectos serán los siguientes:
a) El derecho a heredar en
la sucesión legítima.
b) Dar alimentos a las
personas frente a las cuales se tiene el derecho de exigirlos. Además, es
recíproca la obligación de alimentos.
c) El parentesco impide el
matrimonio entre parientes.
El parentesco por afinidad
produce los siguientes efectos:
a) El parentesco por
afinidad en línea recta sin limitación alguna, es impedimento para la
celebración del matrimonio.
El parentesco civil,
produce:
a) Este parentesco se
equipará al existente en caso de hijo consanguíneo para todos los efectos
legales, incluyendo los impedimentos para contraer matrimonio.
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